Los derechos en carreteras estatales

Volvemos a vivir un temporal adverso que perjudica a la circulación por las carreteras de nuestro país. Uno de esos daños colaterales puede ser sufrir el cierre de un tramo o incluso una autopista/autovía.

Por este motivo, desde Flycar queremos recordaros los derechos como usuario de los que disponemos en estos casos. Todos tenemos en el momento que utilizamos la red de carreteras del Estado, y por supuesto son correlativos a las obligaciones legalmente existentes a cargo de la Administración pública y/o empresas concesionarias:

  • Libre circulación por las carreteras. Salvo por razones técnicas, de seguridad o de explotación de carreteras que requieran limitaciones temporales o permanentes a la circulación en ciertos tramos.
  • Información actualizada. Los usuarios deben estar al tanto sobre la vialidad, actuaciones en ejecución, mapas de carreteras, etc.
  • Adecuada conservación y mantenimiento de todos los elementos que conforman las carreteras. Pavimento, barreras, túneles, señalizaciones…
  • Adopción de medidas preventivas y resolutivas de vialidad invernal. Ante fenómenos meteorológicos adversos, disponiendo los medios para prevenir problemas en la circulación y, en su caso, una vez surgido el problema, restablecer la normalidad con la mayor brevedad.
  • Servicio de atención de accidentes e incidentes en carretera, el cual en casos de gravedad supondrá dar aviso a Tráfico.
  • Balizar la zona y disponer los medios humanos y técnicos para restablecer la circulación con la mayor brevedad posible en caso de accidente.

En caso de tratarse de carreteras de peaje o autopistas, se deben sumar otros puntos como:

  • Garantizar la continuidad de la prestación del servicio en condiciones de absoluta normalidad.
  • Áreas de servicio que no interfieran en la libre y normal circulación
  • Servicio ininterrumpido, el cual debe prestarse durante las 24 horas del día salvo en caso fortuito o de fuerza mayor.
  • Empresa concesionaria. La cual debe acatar las obligaciones contempladas en los pliegos de condiciones y en los convenios suscritos con la Administración.

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